EN ASAMBLEA PÚBLICA CARHUE Y EPECUEN RECHAZABAN UN PERJUDICIAL FALLO JUDICIAL. (II )
En la edición anterior se reseñó a la Soc. Minas Epecuén y se llegó hasta la situación del Fallo de 1969. En esta segunda parte abordaremos el fallo en sí, las repercusiones y las consecuencias.
LAS REPERCUSIONES
Inmediatamente las Comisiones de Fomento de Carhué y Epecuén, a través de sus presidentes Alfredo López y Antonio Volpe, respectivamente, convocan a una Asamblea Popular en el Palacio Municipal para el día 17 de Junio a las 21 hrs: “A la precitada hora del día 17 una numerosa concurrencia se hizo presente [...] y luego de amplio debate se arribó a la conclusión siguiente: Elevar nota al Sr. Gobernador de la Provincia a efectos de que se revea la medida adoptada, solicitándole además audiencia [...]. Pedido de audiencia al Sr. Ministro del Interior, General Imaz, compenetrado del problema. Solicitar a los Presidentes de todas las instituciones locales elevación de notas de adhesión [...].”.
En la Asamblea se nombró a un una Comisión denominada “Pro Defensa de Lago Epecuén” para efectuar las gestiones pertinentes, la que quedó presidida así: Pte Honorario: Dr. Orlando B. Bedacarratz; por Comisión Fomento de Carhué Sr. Alfredo López; por Comis. Fomento Epecuén: Julio Fernández Badie; por CCIPPAA: Samuel Dlin; por la Hotelería, Sr. Pedro Faut; por sociedad de Hospedajes Walter Roldán; por Rotary Club: Mariano Almarza; Por Club Leones Enrique Portela; Secretario Gral. Miguel Lapizondo.1
El 28 de junio el semanario ‘El Pueblo’ titulaba en tapa: “Epecuén y Carhué convulsionados: un decreto fulminante. Y ahora ¿qué?. ¿El Fin de la ilusión?”, además criticaba el fallo del Dr. Monacelli y el Decreto Nº 4821 del 3 de junio aparecido en el Boletín oficial de la Provincia en donde se ponía “punto final” al asunto, comentando también irónicamente lo que se publicaba en el diario La Nación, que argumentaba que por la no definición del pleito desde 20 años atrás, Epecuén no había crecido.2
Por su parte, el intendente Bedacarratz, envía la siguiente nota solicitando entrevista con el Gobernador Llorente en los siguientes términos. “Oficial: Confirmando requerimiento de audiencia formulado telefónicamente a Ceremonial y atento a despacho telegráfico Nº 765/880 del 21 del corriente mes, reitero solicitud de audiencia a S. E. para la semana que se inicia el 1º de Julio. Concurriré acompañado por ‘Comisión Ejecutiva de Acción Pro Defensa de Lago Epecuén’ para expresar el malestar unánime de la población en conocimiento del Decreto Nº 4821 que autoriza al Fiscal De Estado para desistir acción contra fallo del Juez Gualterio Monacelli en Expediente 2201.321/956 sobre expropiación Minas Epecuén S.A.” 3
Antes de esta reunión oficial, el 21 de junio se reúne la Comisión con autoridades locales el en Bim Bam Bum en donde se reseñas la acciones y el intendente se compromete a ‘jugarse’ por hacer justicia en este caso.4
Luego de innumerables gestiones y de cierta indiferencia oficial que tuvo como resultado que le fueran enviada nota al presidente Onganía, recién el 20 de octubre fue recibido el intendente por el Gobernador Llorente5. Bedacarratz iba acompañado por miembros de a ‘Comisión Pro Defensa’, entre los que se encontraba Julio Fernández Badie. Éste comenta en su libro ‘Bajo las Aguas’: [...] El caso era desesperante, de acuerdo a las mediciones el moderno complejo turístico su legítimo dueño era minas Epecuén: que podía llegar a pasar en el campo inmobiliario, por lo menos ciento cincuenta edificaciones estaban en los predios de Minas. Con solo un boleto de compras habían edificado sin escrituras por orden del gobierno provincial.
Esto generó un áspero entredicho entre el gobierno municipal y provincial, el intendente fue citado a la Plata, no se si por suerte o desgracia me tocó acompañarlo, ya que era presidente de la Asociación. Creo que el señor Llorente nunca en su vida recibió tal reprimenda. El Edecán de turno era el Doctor Becar Varela. Lo único que decía este funcionario era ‘Serénese Doctor’; si la mesa del despacho del gobernador hubiera sido más angosta una trompada le daba seguro. El regreso fue triste, Minas de Epecuén nunca reclamó nada, nos enteramos al tiempo de que habría cobrado una importante indemnización por la explotación minera que no pudo realizar durante 22 años, [...]” 6
El centro de Tratamiento Hidrotermal que supuestamente pertenecía a la provincia se estaba mejorando, destinándose una buena suma de dinero por parte del gobierno provincial. Inmediatamente salido el fallo se detuvo la obra, pero justo cuando promediaba su culminación, es decir revoques retirados, cañerías, etc.7 El panorama era en cierto modo desalentador.
Al mismo momento las obras del complejo avanzaban, pues el municipio no perdía esperanzas de que se revea el fallo. Ese diciembre de 1969 se efectuaba justamente el 1er Congreso Latinoamericano de Aguas Termales y Talasoterapia Carhué- Lago Epecuén 1969 y entre las conclusiones más importantes a que se arribaron fue: ‘Declarar de Utilidad pública la Laguna de Epecuén’.” 8
EL FALLO
El diario ‘La Nación’ del 10 de junio de 1969 publica parte del fallo. Veamos entonces los argumentos del mismo: “ Bahía Blanca. Un pleito que durante más de veinte años mantuvo paralizado en gran parte el progreso de Carhué y su sector balneario, Lago Epecuén, termina de hallar principio de solución en un fallo dictado en los tribunales de esta ciudad.
El conflicto se inició el 21 de febrero de 1948, al plantear la provincia de Buenos Aires un juicio de expropiación contra la Sociedad Anónima Minas de Epecuén, a la cual se había otorgado la concesión de buena parte de la laguna, la explotación del balneario y la extracción de sales.
La sociedad permisionaria vendió gran cantidad de lotes, dentro de su área y subdividió las tierras colindantes, más la interdicción que supuso el juicio por expropiación le impidió en su momento, el otorgamiento de títulos a los adquirentes y a la continuación del loteo. Ello trajo apareado el cese de la expansión del balneario y la suspensión de construcciones proyectadas.
El fallo el juez en lo civil y comercial, Dr. Gualterio Monaccelli por la Secretaría del Dr. Raúl Fernández Orozco, se pronuncia declarando la ilegalidad de la expropiación. Ello equivale a decir que la parte demandada, Minas Epecuén S. A., cuyo mandante es el abogado Alfredo J. Bigliezzo, sigue siendo propietaria de la concesión de las tierras. En los fundamentos de la sentencia sostiene el Dr. Monacelli la Inescindibilidad de la concesión minera, de los bienes físicos y tierras que la integran. La ley 5223 de la Provincia había hecho diferencia entre los bienes muebles e inmuebles de Minas Epecuén S.A. y la concesión mineral otorgada a este primero, dícese en el fallo, había que convenir o resolver la caducidad y luego expropiar. Pero hubo tratativas no concluidas y la provincia expropió sin cancelar la concesión.
Sobre la base de esta premisa no cumplida, el Juez sostiene que la expropiación no puede prosperar por estar en vigor la concesión y rechaza, en consecuencia, la demanda, con costas a cargo de la Provincia. En medios vinculados a los Tribunales trascendió, luego de conocerse el fallo, que el Fisco Provincial consentiría la sentencia.” 9 Y eso fue lo que ocurrió.
CONSECUENCIAS
Las consecuencias se pueden resumir en que todos los que habían adquirido a la Sociedad Minas o luego a la provincia, quedando a la espera de una solución, debieron pagar los terrenos para poder escriturarlo. Lo cierto es que recién en abril de 1972 recibieron sus escrituras los sres Valeriano Rubio, Jose Stieb, Juan Guerrieri, Zulema Navarro y Adolfo Fuentes, siendo los primeros particulares en recibirlas.10
Meses antes, en febrero el municipio adquirió las 19 has de propiedad de Minas que eran las tierras en donde estaba emplazado el ya culminado Complejo Turístico Municipal, el Corralón Municipal, etc.
Finalmente en 1975 la Provincia de Buenos Aires adquiere a la Sociedad Minas Epecuén el centro Hidrotermal que era administrado por una cooperadora desde hacía años y que lo hizo hasta 1985.
CONCLUSIÓN
El 16 de marzo de 1909 se le otorga la concesión minera a perpetuidad (99años) gracias a Exp. D –23 de 1908 a una Sociedad denominada Minas Epecuén integrada por Silvio Desssy, José Malaspina, Alberto Lagomarsino y Alfonso Sapere, entre otros, para explotar Cloruro De Sodio. Si bien el Código de Minería expresa que las pertenencias no podían ser mayores de 20 ha. la Minas Epecuén, según mesura de 1909 poseía 140 ha. De esta manera se concede la servidumbre sobre playa fiscal en la extensión de 71 ha y fracción, como igualmente 62 ha. de terreno destinadas ambas exclusivamente para instalaciones y necesidades de la explotación mineral.(uego pueblo de Epecuén) Con el nacimiento de la actividad turística en los años veinte inicia las obras de Centro Hidrotermal, Usina y hasta se proyecta un Gran hotel. En 1933 con un hermoso espigón en su predio, llega a alambrar y hasta efectuar una zanja para que los turistas deban ingresar al lago por éste solamente. Por ello ese año el Gobernador Federico Martínez de Hoz decreta, con fecha 21 de noviembre, la declaración de Lago Epecuén como de “Utilidad Pública” estableciendo 35 m. de reserva obligatoria para calle de ribera.
En 1945 se conforma una cooperativa que adquiere la Usina de Minas y brinda electricidad hasta entrados los años 70.
En 1947 se inician las gestiones para expropiar las instalaciones debido al poco interés de la sociedad anónima, y la falta de inversión, pasando a la provincia a principios de 1948 quién hace depositaria al municipio. Luego en 1950 la Sociedad Minas Epecuén recurre a la justicia pidiendo el rechazo de la acción por considerarla ilegal. Sien embargo el expte cayó en las redes de nuestra justicia y así durmió.
En 1968 el municipio encara obras en esas tierras que se suponían serían definitivamente provinciales, solicitando a las autoridades una sentencia definitiva del asunto. La misma llegó el 2 de junio de 1969 cuando el Juez Monaccelli de B.Blanca declaró la Inescindibilidad de la concesión minera, (es decir la no separación de la explotación minera, de los bienes y las tierras juntamente otorgadas), lo que hizo que todas las propiedades pasaran nuevamente a la sociedad. Auque hubo movilizaciones, Comisiones, reuniones con autoridades, etc. el municipio debió adquirir las 19 ha que ocupaba, los privados debieron hacer lo mismo y la pcia debió adquirir el Hidrotermal.11
Por su parte la concesión minera que poseía Minas Epecuén pasó a manos de PRONAR S.A en 197512, la que trajo ambiciosos proyectos de explotación. La población vio que esto hacía peligrar la riqueza mineral, generándose allá por 1977nuevamente asambleas, reuniones y debates. Epecuén no se sobreponía de un problema que llegaba otro. Pero esa es otra historia.
PUBLICADO EN SEMANARIO NUEVA ERA Nº951-952 DE 2007
1 Semanario “El Pueblo” Nº 1856-1857 de junio de 1969
2 Semanario “El Pueblo” Nº 1859 del 28 de junio de 1969
3 Idem Anterior
4 Semanario “El Pueblo” Nº 1859 del 28 de junio de 1969
5 Semanario “El Pueblo” Nº 1873 del 20 de Octubre de 1969
6 Fernández Badié, Julio. “Bajo las Aguas” Dunken. 2001. p. 57
7 Semanario “El Pueblo” Nº 1864 del 18 de Agosto de 1969
8 Semanario “El Pueblo” Nro 1880 de diciembre de 1969
9 Semanario “El Pueblo” Nro 1856 de junio 1969.
10 Semanario “El Pueblo” Nro 1996 del 29 de abril de 1972
11 Semanario “El Pueblo” Nro 1857 del 1969
12 Boletín Oficial. Mtrio De La Producc. Dir. Prov. De Mineria Bs.As. 27-1-2006. Notificación Caducidad de derechos de minas por falta de pago.